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CONSULTA NÚMERO 17568

FECHA: 30 Nov 2009

TITULO: LEY DEL OLIVAR ANDALUZ

CONSULTA: Ya tenemos el flamante borrador de la LEY DEL OLIVAR ANDALUZ. Los que quieran disfrutar con su lectura en estas largas noches de invierno, al calor de la lumbre con leña de olivo, se encuentra en la página web de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía.
Pasarán un rato ámeno en compañía de la Ley.. y luego la pueden usar para encender la lumbre del día siguiente..
Se admite todo tipo de comentarios,, hasta los favorables a la ley.. hay gente pa tó.

  1. 30 Nov 2009 - Ameno es sin acento,, por muy amena que sea su lectura.
  2. 01 Dic 2009 - Ya estaba haciendo falta una ley así.
  3. 01 Dic 2009 - LEY DEL OLIVAR ANDALUZ
  4. 01 Dic 2009 - Esta Ley es un insulto a los agricultores. Nos toman por tontos porque sólo diez colegas socialistas nombrados a dedo son capaces de arreglar, sin presupuesto alguno, todo lo que los agricultores hemos hecho mal a lo largo de la historia.

    Las socialistas y los socialistos de andazulia no se han enterado todavía que los mercados agrícolas no obedecen a los gobiernos intervecionistas.

    No queda ningún cabo suelto y todo gracias al socilismo que tiene la solución de la historia.

    "Un brindis al sol con tintes intervencionistas".
  5. 01 Dic 2009 - Lo del cooperativismo de producción.. ¡Que melopliquen, Por favor!

    PD: Quedamos mañana a las 7,00 horas en el tajo. No falteis por favor, que sino deja de funcionar el cooperativismo.
  6. 01 Dic 2009 - Es un gran invento: Expropiación respetando la propiedad privada.

    ¿¿¿Hay quien de más????
  7. 01 Dic 2009 - Más producción, más consumo, más renta, más jornales, más desarrollo, más calidad, más respeto al medio ambiente, más bienestar, más agua, más riego, más sostenible, más eficiencia energetica, más investigación, más tecnologia.

    Sólo ha faltado "más tiempo libre".

    Y nosotros sin darnos cuenta.

    En que estariamos pensando????
  8. 02 Dic 2009 - PARA LOS DESPISTADOS.


    Pinchando con el ratón el LEY DEL OLIVAR ANDALUZ..(respuesta nº 3) aparece el texto completo.
  9. 02 Dic 2009 - Anda que no dice tonterias esta ley
  10. 03 Dic 2009 - como todo lo que hacen los politicos
  11. 05 Dic 2009 - Más de lo mismo¡
  12. 05 Dic 2009 - Más de lo mismo¡
  13. 07 Dic 2009 - Muy buenas palabras, pero muy vacias.
  14. 08 Dic 2009 - como siempre
  15. 26 Ene 2010 - J. M. C. CÓRDOBA 14-1-2010
    Aunque todo el sector alaba la voluntad de la Junta de poner en marcha la primera normativa de Europa para fortalecer el olivar, las organizaciones agrarias siguen poniendo reparos al borrador, sobre todo en lo referente a su falta de concreción para algunos asuntos de vital importancia.
    Así, por ejemplo, el secretario provincia de la UPA, José Luis Gutiérrez, especificó que entre sus carencias está la falta de una ficha financiera que tiene que acompañar a la Ley, y la propia consejera de Agricultura, Clara Aguilera, reconoció ayer en Córdoba que, en efecto, aún no hay dotación presupuestaria, ya que «todavía se encuentra en fase de borrador», y hasta que no cobre forma de anteproyecto no se conocerá cantidad alguna ni estará determinada.
    También, el presidente de Asaja-Córdoba, Ignacio Fernández de Mesa, echó en falta varias materias aún en el aire, como es el caso de «la necesidad de buscar fórmulas asociativas para concentrar la oferta de la producción, porque tenemos un dato muy significativo, que es que el 81 por ciento del sector olivarero andaluz tiene menos de cinco hectáreas y hace falta una mayor concentración».
    Igualmente, Fernández de Mesa estimó que hay una parte del olivar que necesita ser modernizado y, en algunos casos, incluso, un cambio de la producción, puesto que «hay variedades de aceitunas que son deficitarias, en el sentido de que recogerlas es más caro que su valor mercantil».
    Demasiadas generalidades
    Para Gutiérrez, el borrador es un buen diagnóstico del olivar andaluz, en el que se ha llegado a provincializar (tal y como reclamaba la propia patronal agraria en un principio), pero se sigue olvidando de cuestiones vitales. «No se alude al aceite virgen extra, y se habla del olivar de una forma excesivamente genérica».
    Todas estas cuestiones todavía tendrán que limarse antes de que se cumplan los plazos de la Ley. No en balde, ayer tuvo lugar en la Diputación de Córdoba el segundo debate, tras el de Jaén en noviembre pasado, sobre esta normativa, clausurado por Clara Aguilera, quien detalló que en la primera quincena de febrero se quiere aprobar el anteproyecto en consejo de Gobierno, dar luz verde en junio al proyecto de ley para que entre en debate parlamentario en otoño. «La idea es que esté en marcha a finales de este año o principios de 2011».
  16. 26 Ene 2010 - Asaja teme que el plan director de la Ley del Olivar excluya a los productores
    Fernández de Mesa reconoce el trabajo de Agricultura con el patrimonio olivarero

    Efe 25.01.2010
    Los agricultores han expresado su sospecha de que no estarán presentes en el Consejo del Plan Director que se encargará de desarrollar la futura Ley del Olivar, que la Junta de Andalucía prevé tener lista a finales de este año. La denuncia ha partido del presidente de Asaja Córdoba, Ignacio Fernández de Mesa, quien explica que la ley del olivar que elabora la Junta es "una ley genérica que deja todo a un plan director", de forma que la norma "anuncia problemas pero no aborda ninguno".

    Para solucionar estas situaciones, la Ley del Olivar prevé la elaboración de un plan director que estará dirigido por un consejo, del que sospechan que no formarán parte los agricultores, una ausencia criticada por Fernández de Mesa, que añade que otra de las carencias de la norma es que está "muy vinculada al aceite, pero olvida la aceituna de verdeo y manzanilla". A favor de la ley, Fernández de Mesa reconoce el trabajo de Agricultura para promoverla y su apuesta por mantener el patrimonio olivarero.
  17. 26 Ene 2010 - UGT une el empleo a las ayudas públicas de la Ley del Olivar


    J. M. / Agencias
    El sindicato UGT apostó ayer por vincular la creación y namtenimiento del empleo a las ayudas públicas que generará la nueva Ley del Olivar. El secretario general de la organiación en Andalucía, Manuel Pastrana, apostó porque los fondos que salgan de esta nueva normativa no existan “sólo en término de mantenimiento del olivar, por su valor su valor social y ecológico, sino también por el empleo”.

    En este sentido, Pastrana incidió en que esta normativa debe garantizar “un mínimo” de rentabilidad económica al olivar tradicional y un empleo “digno y decente”. Por ello, abogó porque el sindicato tenga un “papel activo” y no se discuta “sólo en términos de producción”.

    Por otra parte, el secretario general de FTA-UGT Andalucía, Pedro Marcos, afirmó que la nueva ley “debe dejar una puerta abierta” para el desarrollo de la agroindustria y debe apostar por simplificar la burocracia, impulsar la comercialización y respaldar a los que menos producción tienen.
  18. 26 Ene 2010 - Anteproyecto de ley del olivar

    El director gerente de FAECA ha señalado que, aunque “la ley está muy bien”, porque expone los problemas a los que se enfrenta el sector en la región andaluza, “debemos tratarla con cautela”.

    14/01/2010 FAECA

    El director gerente de la Federación Andaluza de Empresas Cooperativas Agrarias (FAECA), Rafael Sánchez de Puerta, ha participado hoy en la Jornada de Reflexión sobre el Anteproyecto de Ley del Olivar de Andalucía, organizada por la Consejería de Agricultura y Pesca en la Diputación provincial de Córdoba.

    En su intervención, Rafael Sánchez de Puerta ha destacado la intencionalidad de esta ley, pionera no sólo en España sino también en Europa, que pretende reconocer la importancia del sector y reafirmar el liderazgo mundial de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el cultivo del olivar y la producción de aceituna y aceite de oliva.

    El director gerente ha señalado que, aunque “la ley está muy bien”, porque expone los problemas a los que se enfrenta el sector en la región andaluza, “debemos tratarla con cautela”. En Este sentido, Rafael Sánchez de Puerta ha indicado que la normativa no debe limitar al sector, no debe imponerle nuevas exigencias que repercutan negativamente en el mismo y, además, debe tener en cuenta la regulación nacional e internacional ya existente.

    Por otra parte, el director gerente ha justificado la necesidad de dotar de mayor concreción a la ley, pues el desarrollo de muchos aspectos se pospone a la elaboración del Plan Director por parte del Consejo Andaluz del Olivar, un órgano que, según ha explicado Sánchez de Puerta, debe estar compuesto por las organizaciones representativas del sector, que son las que ya forman parte de las dos organizaciones interprofesionales, la del aceite de oliva y la de aceituna de mesa.

    Asimismo, FAECA ha subrayado que la futura Ley del Olivar debe buscar la productividad y la competitividad del sector y ser compatible con la, también futura, Ley del Agua, la cual debe contemplar las singularidades del cultivo del olivar.

    En otro orden de cosas, el director gerente de FAECA ha resaltado que la nueva normativa debe favorecer la cultura asociativa con el objetivo de garantizar la rentabilidad de las pequeñas explotaciones que existen en el campo andaluz y que son muy numerosas. Precisamente, para combatir la atomización de sector productor fomentando la agricultura asociativa, Rafael Sánchez de Puerta ha solicitado, además, apoyo a la integración cooperativa desde la Ley del Olivar. Un apoyo, ha dicho, “a cambio de compromisos importantes” entre los que ha enumerado la comercialización de toda la producción, la mejora de las estructuras comerciales y de la calidad, el desarrollo de proyectos I+D+I, etc.

    Por último, el director gerente de FAEFCFA ha propuesto aprovechar el debate actual en torno a la Ley del Olivar en Andalucía para promover “un gran pacto del sector a nivel nacional”, entre la comercialización y la distribución, para garantizar la calidad, la información y la transparencia al consumidor y ganar posicionamiento en los mercados.

    FAECA concretará sus alegaciones al Anteproyecto de la Ley del Olivar de Andalucía en los próximos días, tras la aprobación de éstas por sus respectivos consejos sectoriales.
  19. 26 Ene 2010 - El PP dice que la Ley del Olivar “llega tarde y después del peor año de la historia del sector”


    Antonio Agudo - 21-01-10
    El PP denuncia la “apatía administrativa” de la Junta ante la multitud de problemas que sufren los olivareros. El coordinador del grupo de diputados de Jaén en el Parlamento de Andalucía, Francisco Armijo, recuerda que la Ley del Olivar “es un borrador que llega tarde a la grave crisis que afecta al sector del aceite”.

    El diputado del PP Francisco Armijo explica que “las reivindicaciones comenzaron en marzo, con más de ocho mil jienenses manifestándose en Sevilla en un gran acto reivindicativo en defensa del olivar, que concentró a cerca de cincuenta mil agricultores de toda Andalucía y continuaron en meses posteriores, cuando se sucedieron las protestas, tanto ante organismos europeos como nacionales”. Puntualiza que “más de mil quinientos olivareros de Jaén y de provincias limítrofes cortaron la Autovía A-4, con el fin de exigir soluciones inmediatas a la crisis del olivar; también en octubre, decenas de afectados por las heladas de 2005 se concentraron frente a las puertas de la Delegación de Agricultura, para exigir que se condone el último plazo de pagos de préstamos ICO; y en noviembre, se produjo el paro total del campo jienense con tractoradas y movilizaciones, que culminaron en una gran manifestación en Madrid”.

    El diputado popular denuncia que “todo esto ha sido motivado por el hecho de que después de varios años de inoperancia de la gestión socialista en materia de Agricultura, los productores estaban sufriendo el desastre de rentabilidad que las organizaciones agrarias venían pronosticando en años anteriores, y que ha culminado en el año 2009, convirtiéndolo en el año negro del olivar en la provincia de Jaén”.


    Armijo destaca que “el cierre del año viene presentado por las liquidaciones de 1,87 euros por kilo de aceite, la caída en picado de los precios y la apatía administrativa de la Junta de Andalucía a la hora de poner soluciones reales”. Así, reitera que “ha sido uno de los más catastróficos para el olivar y para el resto de cultivos de la provincia. La prometida Ley del Olivar del año 2008 y su no tramitación por la vía de urgencia, como reclama el Partido Popular, tiene paralizada la reconversión y modernización del cultivo, mientras se vende el aceite por debajo del precio de producción”.


    Armijo sentencia que “a todo esto hay que unir el envejecimiento del los productores y el recorte de las ayudas destinadas al rejuvenecimiento”. Del mismo modo, denuncia también “la nula política de aguas, en cuanto a la concesión de nuevos riegos y la paralización de la resolución de viejos expedientes”. Las restricciones sobre los tractores y vehículos autopropulsados con cabina, que siguen interrumpiendo al profesional del campo la mejor manera de explotar sus producciones, son otros asuntos que, en opinión del diputado popular, “han contribuido para que 2009 haya sido el peor año de la historia para el sector, por culpa de una plaga llamada PSOE”.
  20. 02 Feb 2010 - y ahora que??
  21. 14 May 2012 - Está publicada ya en el BOJA de 19 de octubre de 2011. Su nombre técnico es ley 5/2011 de 6 de octubre, del Olivar de Andalucía.
  22. 14 May 2012 - ... por lo que veo, en primera lectura en diagonal (es decir, como NUNCA se debe leer una norma), es un tratado de intenciones. Crea nuevos organismos (consejo del Olivar Andaluz) y no veo que racionalice otros. Lo que si me llama la atención, es que hoy, 14 de mayo de 2012, el poeta Antonio Gala publica en el Mundo (edición papel) en un apartado que tiene el la página 3 y que dedica a opinión de actualidad e incluso política, y que opina más como "viejo" que como escritor, que el olivar está abandonado a su suerte y que se sigue rigiendo por normativa de hace treinta años (supongo que se refiere a normativa específica, pues, en arrendamientos, por ejemplo, la ley está tan parcheada en las últimas dos décadas que ya no se sabe de cuándo es...)
  23. 14 May 2012 - ¿Como no se refiera a cuando el aceite estaba intervenido?
    Así visto, hoy está abandonado a su suerte, es decir, al libre mercado.
  24. 14 May 2012 - A nuestra suerte llevamos desde la desamortizacion de Mendizabal. Vale, he exagerao.
  25. 16 May 2012 - Cómo era eso de la intervención? Algùn abuelo cebolleta es tan amable de contarnos la historia?
    Nietotròn 2012.
  26. 16 May 2012 - La intervención era cuando el Estado a través del FORPPA (Fondo de Ordenación y Regulación de Producciones y Precios Agrarios) compraba el aceite a un precio minimo para garantizar los ingresos del sector.
    Debajo os reproduzco el BOE de la campaña 1976-77 donde se fijaba en 82 pts/kg el precio que pagaba el estado que con el IPC serian a precio actual unas 870 pts/kg o lo que es lo mismo más de 5 €/kg. CASI NÁ.

    PD: Que razón tenía mi padre cuando cerro la almazara el día que se terminó la intervención del Estado. Y nadie le creyó.


    PUBLICADO EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" NUMERO 15, DE 18 DE ENERO DE 1977, EL DECRETO 3076/1976, DE 23 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE DICTAN NORMAS ESPECIFICAS PARA LA CAMPAÑA OLEICOLA 1976-77, Y DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL PUNTO 3 DE SU ARTICULO 3. Y EN SU DISPOSICION FINAL PRIMERA.

    ESTA PRESIDENCIA DE CONFORMIDAD CON EL ACUERDO ADOPTADO POR EL COMITE EJECUTIVO Y FINANCIERO DEL F.O.R.P.P.A., EN SU REUNION DEL DIA 21 DE ENERO DE 1977, TIENE A BIEN DICTAR LAS SIGUIENTES NORMAS:

    I. ADQUISICION DE ACEITES POR EL F.O.R.P.P.A.

    A) OFERENTES:

    1. PODRAN FORMULAR OFERTAS DE VENTA DE SUS ACEITES DE OLIVA VIRGENES AL F.O.R.P.P.A., UNICAMENTE LOS PRODUCTORES: ALMAZARAS COOPERATIVAS, ALMAZARAS DE GRUPOS SINDICALES DE COLONIZACION, ALMAZARAS AGRICOLAS Y ALMAZARAS INDUSTRIALES, SIMPRE QUE HAYAN OBTENIDO LA PERTINENTE AUTORIZACION DE APERTURA Y FORMULEN DECLARACIONES MENSUALES DE PRODUCCION Y EXISTENCIAS EN LA DELEGACION PROVINCIAL DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA; LAS REFERIDAS DECLARACIONES MENSUALES DEBERAN HACERSE EN TODO CASO, INCLUSO SI NO HUBIERA EXISTENCIAS.

    B) ACEITES:

    2. LAS OFERTAS DE VENTA SE REFERIRAN A ACEITES DE OLIVA VIRGENES OBTENIDOS ENLA CAMPAÑA 1976-77, QUE CUMPLEN LAS CONDICIONES PREVISTAS EN LA PRESENTE RESOLUCION.

    C) PRESENTACION DE OFERTAS:

    3. LAS OFERTAS DE VENTA DEL F.O.R.P.P.A. SE PRESENTARAN EN LA DELEGACION DE ABASTECIMIENTOS Y TRANSPORTES DE LA PROVINCIA DONDE SE ENCUENTRE SITUADA LA ALMAZARA. DICHAS OFERTAS SE AJUSTARAN AL MODELO OFICIAL ESTABLECIDO E IRAN ACOMPAÑADAS DE FOTOCOPIAS, COMPULSADAS POR LA DELEGACION PROVINCIAL DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

    - JUSTIFICANTE, EXPEDIDO POR LA DELEGACION PROVINCIAL DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, ACREDITATIVO DE LA AUTORIZACION DE APERTURA DE LA ALMAZARA..

    SERIE DE DECLARACIONES MENSUALES DE PRODUCCCION Y EXISTENCIAS, FORMULADAS A PARTIR DE LA RESOLUCION Y FINALIZARA EL 15 DE JULIO DE 1977.

    D) CALIDADES Y PRECIOS DE ADQUISICION DE LOS ACEITES:

    5. UNO. LOS PRECIOS DE ADQUISICION SOBRE CENTRO DE RECEPCION, PARA LOS ACEITES DE OLIVA VIRGENES, DE LAS CANTIDADES EXTRA Y FINO, QUE RESPONDAN A LAS DETERMINACIONES Y CARACTERISTICAS DEFINIDAS EN EL ARTICULO 7. DEL DECRETO 2934/1975, SERAN LOS SIGUIENTES:

    PTAS/KG.

    ACEITE DE OLIVA VIRGEN EXTRA DE HASTA 0,5 GRAD. DE ACIDEZ 80,75

    ACEITE DE OLIVA VIRGEN EXTRA DE MAS DE 0,5 Y HASTA 1 GRAD. DE ACIDEZ 80,00

    DE OLIVA VIRGEN FINO 79,25

    LOS ACEITES QUE SE OFERTEN DENTRO DE LOS DOS MESES SIGUIENTES A LA PUBLICACION DE LA PRESENTE RESOLUCION SE ADQUIRIRAN AUNQUE EL CONTENIDO EN HUMEDAD O EN IMPUREZAS INSOLUBLES EN ETER SOBREPASEN LOS LIMITES ESTABLECIDOS SIN REBASAR EL 0,5 POR 100 EN HUMEDAD Y EL 0,2 POR 100 EN IMPUREZAS INSOLUBLES EN ETER. LOS PRECIOS DE ADQUISICION SE DISMINUIRAN APLICANDO LAS ESCALAS DE DEPRECIACIONES QUE FIGURAN EN EL ANEXO NUMERO 1 DE ESTA RESOLUCION.

    DOS. LOS PRECIOS INDICADOS EN EL PUNTO UNO, A PARTIR DEL MES DE MARZO Y HASTA EL MES DE JULIO, AMBOS INCLUSIVE, SE INCREMENTARAN EN 0,50 PTAS/KG. Y MES. COMO FECHA DE REFERENCIA PARA LA APLICACION DE ESTOS INCREMENTOS SE TOMARA AQUELLA EN QUE SE MATERIALICE EL CONTRATO.

    E) REALIZACION DE ADQUISICIONES:

    6. DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 2. DEL DECRETO 3076/1976, LA REALIZACION DE ADQUISICIONES QUEDA SUPEDITADA A QUE EL F.O.R.P.P.A. DISPONGA DE CAPACIDAD DE ALMACENAMIENTO.

    A LA VISTA DE LA EVOLUCION Y PREVISIONES DE LAS ADQUISICIONES, EL F.O.R.P.P.A. PODRA DIRIGIRSE AL SERVICIO SINDICAL DE ALMACENES REGULADORES (PATRIMONIO COMUNAL OLIVARERO) DEL SINDICATO NACIONAL DEL OLIVO, SOLICITANDOLE OFRECIMIENTO DE NUEVAS CAPACIDADES DE ALMACENAMIENTO.

    F) ENTREGA Y CONTRATACION DE LOS ACEITES:

    7. LOS CENTROS DE RECEPCION DE LOS ACEITES DE OLIVA VIRGENES SUSCEPTIBLES DE SER ADQUIRIDOS POR EL F.O.R.P.P.A. SERAN LOS ALMACENES DEL SERVICIO SINDICAL DE ALMACENES REGULADORES (PATRIMONIO COMUNAL OLIVARERO) DEL SINDICALTO NACIONAL DEL OLIVO, QUE SE SEÑALAN EN EL ANEXO NUMERO 2.

    8. LOS OFERENTES SE OBLIGAN A SITUAR LA TOTALIDAD DE LOS ACEITES OFRECIDOS EN VENTA EN EL CENTRO DE RECEPCION Y EN EL PLAZO QUE SE SEÑALE POR LA C.A.T., FORMALIZANDOSE AL EFECTO LA CORRESPONDIENTE "ACTA DE ENTREGA Y RECEPCION PROVISIONAL", QUE SERA SUSCRITA POR EL VENDEDOR, EL APODERADO DEL CENTRO DE RECEPCION Y POR UN FUNCIONARIO DE LA DELEGACION DE ABASTECIMIENTO Y TRANSPORTES DE LA PROVINCIA EN QUE SE ENCUENTRE EL CENTRO DE RECEPCION.

    SI EL CENTRO DE RECEPCION QUE SE SEÑALE PARA SITUAR LOS ACEITES SE ENCONTRARA EN OTRA PROVINCIA, EL INCREMENTO DE GASTOS DE TRANSPORTE QUE PUDIERA ORIGINARSE QUEDARA A CARGO DEL F.O.R.P.P.A. Y SU IMPORTE SE HARA EFECTIVO POR LA C.A.T., CON ARREGLO A LAS TARIFAS QUE CORRESPONDAN.

    9. LA COMPROBACION DE PESO, LIMITES DE ACIDEZ Y CARACTERES ORGANOLPETICOS DE LOS ACEITES DE OLIVA VIRGENES SE EFECTUARA EN EL CENTRO DE RECEPCION.

    LA IDENTIFICACION Y LAS CARACTERISTICAS DE CALIDAD, ESTABLECIDAS EN EL ARTICULO 7. DEL DECRETO 2934/1975, SE DETERMINARAN, EN TODOS LOS CASOS, MEDIANTE ANALISIS, REALIZADO EN LABORATORIOIS OFICIALES O EN EL INSTITUTO DE LA GRASA DE SEVILLA; A CUYO FIN, SE TOMARAN LAS MUESTRAS REGLAMENTARIAS DE LOS ACEITES, UNA VEZ REALIZADA LA ENTREGA.

    CONTRA EL RESULTADO DE ESTOS ANALISIS PODRAN LOS INTERESADOS SOLICITAR, EN EL PLAZO DE DIEZ DIAS, A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACION, LA PRACTICA DEL ANALISIS CONTRADICTORIOS REALIZADO POR UN LABORATORIO OFICIAL O POR EL INSTITUTO DE LA GRASA DE SEVILLA, ACEPTANDOSE COMO DECISIVO EL DICTAMEN QUE SE EMITA.

    LOS GASTOS DE ESTOS ANALISIS SERAN POR CUENTA DEL PERDEDOR.

    SI, COMO CONSECUENCIA DE ESTOS ANALISIS, SE COMPROBARA QUE LOS ACEITES NO REUNEN LAS CARACTERISTICAS EXIGIDAS, LOS VENDEDORES DEBERAN PROCEDER A LA RETIRADA DE LOS MISMOS, SIENDO POR SU CUENTA LOS GASTOS QUE SE PRODUZCAN.

    10. LA ACEPTACION Y CLASIFICACION DEFINITIVA DE LOS ACEITES OFERTADOS EN VENTA SE REALIZARA POR LA C.A.T.

    UNA VEZ REALIZADA LA ACEPTACION DEFINITIVA, SE FORMULARAN POR LA C.A.T. LOS OPORTUNOS CONTRATOS DE COMPRA-VENTA, EN NOMBRE Y REPRESENTACION DEL F.O.R.P.P.A.

    FIRMADOS LOS CORRESPONDIENTES CONTRATOS DE COMPRA-VENTA, SE PROCEDERA A ABONAR EL IMPORTE DE LOS ACEITES COMPRADOS.

    POR LA C.A.T. SE DETERMINARA EL MODELO DE CONTRATO-EXPEDIENTE DE COMPRAVENTA DE ACEITE.

    11. LA C.A.T. REMITIRA SEMANALMENTE AL F.O.R.P.P.A. RELACION DETALLADA DE LAS OFERTAS DE VENTAS RECIBIDAS Y POR EL F.O.R.P.P.A. SE PROCEDERA A LA PROVISION DE LOS FONDOS NECESARIOS PARA HACER FRENTE A LOS PAGOS. LA C.A.T. REMITIRA MENSUAMENTE AL F.O.R.P.P.A. RELACION DETALLADA DE LOS CONTRATOS REALIZADOS.

    II. VENTA DE LOS ACEITES ADQUIRIDOS POR EL F.O.R.P.P.A.

    G) DISTRIBUCION Y PRECIOS DE VENTA:

    12. DISTRIBUCION DE LOS ACEITES DE OLIVA VIRGENES ADQUIRIDOS POR EL F.O.R.P.P.A. SE REALIZARA POR LA C.A.T. DE FORMA QUE SE PRODUZCA LA MAYOR INCIDENCIA REGULADORA EN EL MERCADO.

    13. UNO. LOS PRECIOS DE VENTA DE LOS ACEITES, SOBRE CENTRO DE RECEPCION, SERAN LOS SIGUIENTES:

    PTAS/KG.

    ACEITE DE OLIVA VIRGEN EXTRA DE HASTA 0,5 GRAD. DE ACIDEZ 82,75

    ACEITE DE OLIVA VIRGEN EXTRA DE MAS DE 0,5 Y HASTA 1 GRAD. DE ACIDEZ 82,00

    ACEITE DE OLIVA VIRGEN FINO 81,25

    DOS. LOS PRECIOS INDICADOS EN EL PUNTO ANTERIOR, A PARTIR DEL MES DE MARZO Y HASTA EL MES DE JULIO, AMBOS INCLUSIVE, SE INCREMENTARAN EN 0,50 PTAS/KG. Y MES. COMO FECHA DE REFERENCIA PARA LA APLICACION DE ESTOS INCREMENTOS SE TOMARA EL DE ADJUDICACION PROVISIONAL DEL ACEITE.

    14. LAS PERSONAS O ENTIDADES AUTORIZADAS LEGALMENTE PARA EJERCER EL COMERCIO E INDUSTRIA DEL ACEITE Y QUE DESEEN SER ADJUDICATARIAS DE ACEITES DE OLIVA VIRGENES PROPIEDAD DEL F.O.R.P.P.A. SE DIRIGIRAN A LA C.A.T., INDICANDO CANTIDAD Y CALIDAD DEL ACEITE QUE DESEEN ADQUIRIR, ASI COMO EL CENTRO DE RECEPCION POR EL F.O.R.P.P.A.

    AL PROPIO TIEMPO, LA C.A.T. COMUNICARA AL F.O.R.P.P.A. LA ADJUDICACION PROVISIONAL REALIZADA, EL NOMBRE DEL INTERESADO Y LA CANTIDAD QUE PROCEDE INGRESAR.

    COMPROBADO EL INGRESO POR EL F.O.R.P.P.A., ESTE LO COMUNICARA INMEDIATAMENTE A LA C.A.T., PARA LA ADJUDICACION DEFINITIVA. LA C.A.T., A LA VISTA DE LA COMPROBACION DEL INGRESO QUE REALICE EL F.O.R.P.P.A., EXPEDIRA LA ORDEN DE ENTREGA AL AMACEN CORRESPONDIENTE.

    EL SERVICIO SINDICAL DE ALMACENES REGULADORES (PATRIMONIO COMUNAL OLIVARERO) DEL SINDICATO NACIONAL DEL OLIVO PROCEDERA A LA ENTREGA DE LA CANTIDAD DEL ACEITE ADJIDICADO, LEVANTANDOSE EL ACTA CORRESPONDIENTE, QUE SERA SUSCRITA POR EL ADJUDICATARIO, EL APODERADO DEL CENTRO DE RECEPCION Y POR UN FUNCIONARIO DE LA DELEGACION DE ABASTECIMIENTOS Y TRANSPORTES DE LA PROVINCIA EN QUE SE ENCUENTRE EL ACEITE.

    16. MENSUALMENTE, EL SERVICIO SINDICAL DE ALMACENES REGULADORES (PATRIMONIO COMUNAL OLIVARERO) DEL SINDICATO NACIONAL DEL OLIVE REMITIRA AL F.O.R.P.P.A. Y A LA C.A.T. RELACION DETALLADA DEL MOVIMIENTO DE ACEITE HABIDO EN SUS ALMACENES.

    MADRID, 21 DE ENERO DE 1977.- EL PRESIDENTE, JOSE ENRIQUE MARTINEZ GENIQUE.

    ANEXO NUMERO 1

    A) ESCALA DE DEPRECIACIONES EN PTAS/KG., POR EL CONTENIDO EN HUMEDAD:

    DESCUENTO PTAS/KG.

    MAS DEL 0,10 POR 100 Y HASTA EL 0,15 POR 100 0,05

    MAS DEL 0,15 POR 100 Y HASTA EL 0,20 POR 100 0,09

    MAS DEL 0,20 POR 100 Y HASTA EL 0,25 POR 100 0,14

    MAS DEL 0,25 POR 100 Y HASTA EL 0,30 POR 100 0,20

    MAS DEL 0,30 POR 100 Y HASTA EL 0,35 POR 100 0,26

    MAS DEL 0,35 POR 100 Y HASTA EL 0,40 POR 100 0,32

    MAS DEL 0,40 POR 100 Y HASTA EL 0,45 POR 100 0,38

    MAS DEL 0,45 POR 100 Y HASTA EL 0,50 POR 100 0,50

    B) ESCALA DE DEPRECIACIONES, EN PTAS/KG., POR EL CONTENIDO DE IMPUREZAS INSOLUJBLES EN ETER:

    DESCUENTO PTAS./KG.

    MAS DEL 0,10 POR 100 Y HASTA EL 0,15 POR 100 0,06

    MAS DEL 0,15 POR 100 Y HASTA EL 0,20 POR 100 0,11
  27. 16 May 2012 - Impresionante. No conocía yo este precedente con tanta exactitud. Y los de los precios minimos que señala es, tambien es impresionante.

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