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CONSULTA NÚMERO 16338

FECHA: 15 Dic 2006

TITULO: aceite de repaso, pregunta para industriales.

CONSULTA: este año por primera vez estamos repasando,
y me gustaria saber como declarais ese aceite,
si lo meteis con el resto de aceituna subiendo el rendimiento, o se hace como aceite lampante que se produce y punto.
¿como lo haceis ante la AAo y su venta omo la reflejais,
si me ayudais os lo agradeceria
un saludo.

  1. 15 Dic 2006 - Trenicamente es aceite de orujo........ aunque los hay que le llaman aceite virgen.
  2. 15 Dic 2006 - Yo no lo consideraria aceite de orujo, ya que este aceite de repaso no se saca con metodos quimicos, como poco lo consideraria lampante
  3. 16 Dic 2006 - Nosotros tenemos Almazara, pero no repasamos solo obtenemos aceite de primera extracción, pero es muy sencilla la respuesta, llama a la A.A.O. y ellos son muy amables te contestaran y te diran lo correcto que hacer, pues si buscar información de un lado y otro puedes no hacerlo bien y luego tendrás problemas.

    Yo he llamado algunas veces a la agencia y siempre me han atendido muy bien, no les tengas susto, son buena gente. Un saludo
  4. 16 Dic 2006 - Es aceite lampante, y como tal se considera ante la Agencia.
  5. 17 Dic 2006 - La consideración de este aceite como orujo o como oliva dependerá de varios factores:
    1.- Si se obtiene fuera de la propia almazara en la que se molturó la aceituna, automáticamente pasará a ser considerado como aceite de orujo (independientemente de que se obtenga por medios mecánicos).
    2.- Si se obtiene dentro de la propia almazara la consideración como aceite de oliva o como aceite de orujo dependerá de sus características analíticas. En caso de que el contenido en ceras sea inferior a 300 ppm y el de eritrodiol más uvaol sea inferior al 4.5 % ppm será en cualquier caso aceite de oliva; para el caso de que las ceras sean iguales o superiores a 300 ppm; pero siempre inferiores a 350 y el eritrodiol más uvaol sea superior al 4 % e inferior al 4.5 % habrán de tenerse en consideración los Alcoholes Alifáticos, que deberán ser inferiores a 350 ppm. Si no cumple estos requisitos sería considerado como aceite de orujo.
    En cualquier caso para el aceite producido en la almazara siempre te quedará la opción de mezclarlo con otros aceites de oliva para dejarlo en norma. Eso sí, una vez que decidas comercializarlo advierte a los compradores de los índices analíticos para evitar sorprenderlos y tener un conflicto.
    Dicho lo anterior, la declaración en los libros podría ser incrementando el rendimiento industrial de la aceituna de la que dispones. Un saludo
  6. 17 Dic 2006 - En todo caso, es aceite de orujo. No hagáis demagogia donde no la hay.
  7. 17 Dic 2006 - El 6 mo sabe ni por donde le da al aire. Y eso que pega norte

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