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CONSULTA NÚMERO 13430

FECHA: 22 Abr 2006

TITULO: fallecimiento y arrendamiento

CONSULTA: Hola a todos y gracias anticipadas por contestar.

el caso es que yo tengo un contrato privado de arrendamiento en el que mi padre me arrienda la finca (unas 35 Hc) la finca es heredada y comprada de ambos (padre y madre).

mi padre falleció el año pasado y el contrato cumple este año.

No hemos hecho la lectura del testamento (aconsejados en una asesoria) porque se dispone que al fallecimiento de uno de los conyuges pasa al otro; y al fallecimiento de los dos a reparitir entre los hijos (7) es decir que todo ahora es de mi madre. mi pregunta es la siguiente.
¿tenemos que hacer lectura del testamento?
¿puedo hacer un contrato con mi madre sin leer el testamento?
pido ayuda y si necesitan mas datos no duden en preguntar, saludos y gracias.

  1. 23 Abr 2006 - SI puedes hacer el contrato de arendamiento, no supongo que tu madre tiene los sufrutos y los vienes gananciales, para no perder más tiempo SI.
  2. 25 Abr 2006 - Si no habeis hecho lectura del testamento como sabes lo de que al fallecimiento de uno pasa al otro.
    Yo haria lectura del testamento, despues creo que pasa todo a tu madre con escritura, y despues de esto contrato nuevo. Claro que todo depende de como te lleves con el resto de hermanos si te llevas bien efectivamente tu madre que como minimo tendra el usufructo te haria un contrato de arrendamiento.
    Que todo esto lo sepan tus hermanos porque si no al final te la van a liar !!!.
  3. 27 Abr 2006 - el testamento se sabe como vá porque antes de fallecer mi padre si modificó un párrafo para "especificar" que una parte iba a un hermano. Lo demás por sorteo.
    bueno haremos el contrato.
  4. 28 Abr 2006 - Según la ley, a los seis meses del óbito, hay que comunicarlo a la Junta de Andalucia, para lo cual tendrás que hacer una instancia, que llaman "cuadernillo particional", en la cual hay que hacer mensiona al testamento, me consta que en adaluciajunta.es, se habla en un apartado -no recurdo ahora- de ello, buscalo y tù mismo.
    Con tú madre puedes hacer otro contrato, y por cierto abona el impuesto de transmisiones patrimoniales de arrendamiento rústico. Dr
  5. 29 Abr 2006 - si voy a mi oca con mi problema me ayudarán? quiero decir, a legalizar totalmente el asunto. o me apunto a asaja y que me asesoren ellos.
  6. 30 Abr 2006 - 5, buena idea. Dr.

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