FECHA: 22 Abr 2006
TITULO: fallecimiento y arrendamiento
CONSULTA: Hola a todos y gracias anticipadas por contestar.
el caso es que yo tengo un contrato privado de arrendamiento en el que mi padre me arrienda la finca (unas 35 Hc) la finca es heredada y comprada de ambos (padre y madre).
mi padre falleció el año pasado y el contrato cumple este año.
No hemos hecho la lectura del testamento (aconsejados en una asesoria) porque se dispone que al fallecimiento de uno de los conyuges pasa al otro; y al fallecimiento de los dos a reparitir entre los hijos (7) es decir que todo ahora es de mi madre. mi pregunta es la siguiente.
¿tenemos que hacer lectura del testamento?
¿puedo hacer un contrato con mi madre sin leer el testamento?
pido ayuda y si necesitan mas datos no duden en preguntar, saludos y gracias.
Yo haria lectura del testamento, despues creo que pasa todo a tu madre con escritura, y despues de esto contrato nuevo. Claro que todo depende de como te lleves con el resto de hermanos si te llevas bien efectivamente tu madre que como minimo tendra el usufructo te haria un contrato de arrendamiento.
Que todo esto lo sepan tus hermanos porque si no al final te la van a liar !!!.
bueno haremos el contrato.
Con tú madre puedes hacer otro contrato, y por cierto abona el impuesto de transmisiones patrimoniales de arrendamiento rústico. Dr