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CONSULTA NÚMERO 11952

FECHA: 12 Ene 2006

TITULO: Explotación sin derechos

CONSULTA: A mi familia nos devuelven sin derechos una finca de olivar de 9 has que ha estado arrendada durante el periodo de referencia. La persona que la ha cultivado va a aplicar los derechos que generó a otra explotación que ha adquirido. Me dicen que nosotros podremos pedir subvenciones a la Reserva Nacional o ponernos de acuerdo con alguien que tenga derechos de olivar pero que no tenga superficie. ¿Es esto correcto?

  1. 12 Ene 2006 - Por lo que yo sé, es correcto.

    Ve pidiendo a la Reserva Nacional y tanteando lo de la cesión de un 3º, o de varios y vas juntando derechos hasta las 9 hectáreas. El tema es que muy probablemente los tengas que pagar y respecto a lo de la Reserva Nacional, a ver cuándo los dan, lo digo por el plazo para solicitar las ayudas de la PAC.

    Suerte y a ver si otros foreros saben más de este injusto asunto.

  2. 12 Ene 2006 - Con lo fácil que es pagar por producción de cada año
  3. 12 Ene 2006 - Segun tengo entendido los derechos son de la finca y no se pueden cambiar a otra finca
  4. 12 Ene 2006 - A 3, éso era antes.
  5. 13 Ene 2006 - Pues el que te tenía la finca arrendada y que generó sus supuestos derechos gracias a la aceituna que producían tus olivos y ahora no te los cede es un sinvergüenza, un caradura, un cerdo, un impresentable, un aprovechado, un usurero, un ladrón, un desgraciado, un perla, un chorizo, un esmayao, un...

    Y yo creo que si se aprovecha de tus olivos para seguir cobrando en un futuro, debería pasarte renta mientras ese beneficio esté vigente. Estúdiatelo a ver si tiene eso peso jurídico y lo denuncias.
  6. 13 Ene 2006 - Es cierto que esta reforma de la PAC planteada por la Comisión es una vergüenza y perjudica notablemente a quien vive del campo; pero los políticos legislan, no hacen caso a lo que el sector dice y después se crea una política agraria que hay que hacer un master para entenderla. Dicho esto "que agusto me he quedado oye"; al consultante te pregunto cuando te dejó ese caradura la finca porque si fué antes del 14 de Mayo de 2004, pues le pueden aplicar la llamada "Claúsula de Beneficio Inesperado". Esto consiste en que si tú pides derechos a la Reserva e iedntificas perfectamente la parcela que has tenido arrendada en los años de referencia, pues al arrendatario que no te cede esos derechos le pueden quitar hasta un 50% del valor de los derechos generados en tú parcela, aparte de que a tí te podrán completar ese derecho hasta llegar a la media del pago de la zona de dónde seas. Consejo píde derechos de la Reserva e identifica que hubo un arrendamiento en los años de referrencia y quién fue el arrendatario, por intentarlo que no quede. De todas formas a los que os pueda interesar, los diferentes casos de cesión, venta , herencia, alquiler de derechos que el ministerio ha considerado las podeis encontrar en: Real Decreto 1617/2005, de 30 de Septiembre de 2005; que se publicó en el BOE nº313 a partir de la página 43328. Un Saludo a todos amigos foreros.
    Arróniz.
  7. 13 Ene 2006 - Soy el de la pregunta:
    La finca me la van a devolver en marzo de este año.
  8. 13 Ene 2006 - Soy el de la tres, ¿se pueden generar derechos de suvencion para una plantacion nueva?
  9. 14 Ene 2006 - ¿Cuando se tomará en cuenta la opinión de los interesados por parte de los politicos?
    ¿Cuando, antes de modificar un sistema, se estudiará las consecuencias?
    Sinceramente, estoy hasta donde os podeis imaginar.
    El lio que nos han formado con cambiarlo todo, colas para arreglar papeles hasta la saciedad etc.. las injusticias que se van a crear, etc..estoy totalmente de acuerdo con el 6.Y no solo con el campo, sino con todo lo que tocan, todo se traduce en complicaciones sobre las cuales no han creado soluciones y todo se traduce a improvisaciones y más lios etc...Yo creo que tendriamos derecho a saber el nivel de capacitación de nuestros politicos, sus curriculum etc..Casi seguro que ibamos a llorar.
    En APROLIVA, este verano, en Jaén.Para solucionar el tema de la subención, a las 8 de la mañana, bajaba a la calle una de las empleadas a dar numero para ser atendidos (las oficinas se encuentran en la 3ª planta).
    En Diciembre, para poder dar de alta a emigrantes, que paradojicamente tienen permiso para trabajar en Huelva pero que no es valido para Jaén (bajamos un nuevo escalón, ya la "vertebración" no llega a las autonomias sino a la provincia. El proximo escalón imagino que serán las localidades)había que acudir a la oficina de emigración y presentar un "sinfin" de papeles sin sentido (contrato de trabajo con fechas para una recolección etc..)La Sra, que daba los numeros solo dá 90 numeros diarios, hace falta un numero por cada trabajador, los numeros los cogían los que estaban haciendo cola desde las 2 de la madrugada. Una vez presentado tarda aproximadamente 10 dias en recibir la notificación y entonces les puedes dar de alta, cuando más o menos hace 4 o 5 dias que has terminado la recolección.
    La ADMINISTRACIÓN, como siempre velando por darnos facilidades.
  10. 15 Ene 2006 - 5 Quien tiene los derehos del pago unico es del que tuvo la finca en el periodo de referencia. Si ahora la tiene el dueño esos derechos debe pedirlos a la Resrva Nacional indicando el nombre de la persona arrendataria y les seran retirados
  11. 15 Ene 2006 - Al 10, ¿ de dónde te sacas que le será retirados ?. Se los quitarán si no cultiva otra parcela independientemente de que se diga quien era el arrendatario o no, y esos derechos se perderán.

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